COMPLEMENTO DE TURISTA PASAJERO EXTRANJERO

¡Conoce quien debe emitirlo y su finalidad!

Publicado por Denisse Pérez Tapia Noviembre 13, 2019
Imagen relacionada

Este complemento se utiliza para el manejo de datos de Turista o pasajero extranjero

¿QUIÉN DEBE EMITIR EL CFDI CON ESTE COMPLEMENTO?

Lo deben usar los comercios de nuestro país cuando un turista extranjero solicite un comprobante fiscal por la adquisición de mercancía y/o servicios prestados. Este CFDI con complemento tiene la finalidad de comprobar las compras o las mercancías adquiridas en el territorio mexicano, en las cuales se le haya sido trasladado un impuesto. Ya que entre otros requisitos para la devolución este es uno de los principales.

Este proceso de devolución es necesario para evitar la doble tributación.

Cabe mencionar que los requisitos para la devolución son:

§ Que retornen al extranjero por vía aérea o marítima.

§ Cuenten con comprobantes fiscales.

§ Que las mercancías adquiridas salgan efectivamente del país.

§ Que la compra mínima por establecimiento sea de 1,200 pesos con pago electrónico.

§ Que la compra se haya efectuado en establecimientos que participen en el Programa de devolución de impuestos a turistas extranjeros.

§ Que hayan sido adquiridas con medios electrónicos de pago (tarjeta de crédito, débito o de servicios emitidos en el extranjero por instituciones financieras extranjeras), o bien en compras en efectivo siempre que no excedan de 3,000 pesos por turista.

La devolución se efectúa por concesionarios autorizados en los módulos de atención que han establecido para tal efecto.

Para hacer efectiva la devolución, el turista debe:

1. Solicitar al establecimiento en el que efectúa su compra su comprobante fiscal, el cual debe contener los datos del turista y el formato de solicitud de devolución del impuesto (también disponible en los módulos de atención).

2. Acudir a uno de los módulos ubicados en puertos y aeropuertos para tal efecto.

3. Presentar las mercancías por las cuales se solicita la devolución del impuesto para verificar su salida del país.

4. Posterior a la verificación documental se validan físicamente las mercancías con un monto superior a 5,000 pesos (incluido el impuesto); en caso de tratarse de un monto inferior, esta validación puede o no efectuarse.

5. Una vez validada la mercancía y revisada la documentación se procede al pago de la devolución que corresponda.

El importe de la devolución se paga en pesos mexicanos, mediante reembolso al medio electrónico de pago utilizado para la compra, o bien en efectivo hasta por un máximo de 50% del monto que debe pagarse al turista, sin exceder de 10,000 pesos. El remanente se deposita de manera electrónica en la cuenta que se indique.

Este beneficio funciona en las ciudades con mayor afluencia de turistas extranjeros, como son Ciudad de México, Guadalajara, Cancún, Los Cabos, Puerto Vallarta, Cozumel, Playa del Carmen, Cabo San Lucas, Mazatlán, Majahual, Progreso y Ensenada.

¿QUÉ DEBE CONTENER EL COMPLEMENTO DE TURISTA PASAJERO EXTRANJERO?

Este complemento debe contener la siguiente información:

o Fecha de tránsito: Se debe registrar la fecha y hora del Arribo o Salida del medio de transporte utilizado. Se expresa en la forma aaaa-mm-ddThh:mm:ss, de acuerdo con la especificación ISO 8601.

o Tipo: Se debe incorporar la operación realizada: Arribo ó Salida

o Vía: Se debe expresar si es vía “Aérea”, “Marítima” o "Terrestre"

o Tipo de ID: Se debe colocar la expresión del número de pasaporte

o   Número ID: Se debe expresar el número de identificación (pasaporte, visa, etc.)

o Nacionalidad: Se debe expresar la nacionalidad del turista

o  Empresa transportista: Se debe señalar la empresa de transporte que lo ingresa a territorio nacional o lo traslada de salida

o ID. de transporte: Se debe expresar el identificador del medio de transporte usado, ejemplo: número de vuelo.

EJEMPLO:

turista2

Etiquetas:

  • Contenido
    de complemento
  • Extranjeros
  • Devolución de
    impuestos
  • Compras
  • Complemento Turista
    Pasajero Extranjero
  • Impuesto trasladado
  • Territorio Mexicano
  • CFDI
  • Concesionarios Autorizados
  • Modulos de Atencion
  • Aeropuerto o puerto