COMPROBANTE DE RETENCIONES E INFORMACIÓN DE PAGOS Y SUS COMPLEMENTOS

Conoce los Fundamentos legales, Contenido, tasas de retención de impuestos ISR e IVA para tus CFDI de retenciones.

Publicado por Denisse Pérez Tapia Abril 30, 2019

COMPROBANTE DE RETENCIONES E INFORMACIÓN DE PAGOS Y SUS COMPLEMENTOS

Conoce los Fundamentos legales, Contenido, tasas de retención de impuestos ISR e IVA para tus CFDI de retenciones.

El CFDI de retenciones e información de pagos es un comprobante que se expiden en las operaciones en las cuales se informa de la realización de retenciones de impuestos, incluyendo el caso de pagos realizados a residentes en el extranjero para efectos fiscales y las retenciones que se les realicen; este tipo de comprobante no forma parte del Catálogo tipo de comprobante porque éste se genera con el estándar contenido en el rubro II. Del Anexo 20.

Es una obligación para los contribuyentes efectuar el comprobante fiscal de las retenciones que efectúen, esta obligación está fundamentada en el artículo 2.7.5.4 de la Resolución Miscelánea Fiscal que destaca lo siguiente:

Las constancias de retenciones e información de pagos se emitirán mediante el documento electrónico incluido en el Anexo 20. Asimismo, las constancias de retención podrán emitirse de manera anualizada en el mes de enero del año inmediato siguiente a aquél en que se realizó la retención o pago.

 En los casos en donde se emita un comprobante fiscal por la realización de actos o actividades o por la percepción de ingresos, y se incluya en el mismo toda la información sobre las retenciones de impuestos efectuadas, los contribuyentes podrán optar por considerarlo, como el comprobante fiscal de las retenciones efectuadas.

SEGÚN EL ANEXO 20 TODO DOCUMENTO QUE AMPARE ESTA INFORMACIÓN DEBE CONTENER:

§  Versión

§  Folio Interno (opcional)

§  Sello Digital

§  No.Certificado

§  Certificado

§  Fecha de expedición

§  Clave de retención

§  Descripción de Retención

§  Emisor (Nombre, RFC)

§  Receptor (Nacionalidad)

o   Nacional (RFC)

o   Extranjera (Nombre o Razón Social, ID Fiscal)

§  Periodo

o   Mes inicial y final al que corresponde o ampara el comprobante

o   Ejercicio que corresponde o ampara el comprobante

§  Totales

o   o   Monto Gravado de la Operación

o   Monto Exento de la Operación

o   Monto Total de las Retenciones

§  Base

§  Tipo de Impuesto

§  Monto de retención

§  Tipo de retención.

§  Complemento (En caso necesario)

§  Addenda (opcional): Es un nodo que incorpora la información de carácter comercial y no fiscal (en caso que lo requiera el contribuyente)

factoraje financiero

CATÁLOGOS NECESARIOS

§  Retenciones.

§  Tipo de Dividendo o Utilidad distribuida (complemento dividendo)

§  Tipo de Contribuyente Sujeto a Retención

§  Países (complemento de Pagos a Extranjeros)

§  Entidades Financieras (Complemento de premio)

§  Tipo de Impuesto.

A continuación detallaremos que son cada uno de los complementos y la información que se debe contener en ellos.

COMPLEMENTO

DESCRIPCIÓN DE COMPLEMENTO

CONTENIDO

Planes de Retiro

Expresa la información sobre planes individuales de retiro.

> Sistema Financiero: ¿Pertenecen al Sistema Financiero?

> Monto total de aportaciones en el año inmediato anterior (opcional)

> Monto de los intereses reales devengado

> Monto total retirado año inmediato anterior del período

> Monto total exento retirado el año inmediato anterior (opcional)

> Monto total excedente de retiro realizado el año inmediato anterior (opcional)

> Monto total retirado el año inmediato anterior

Pago a Extranjeros

Expresa los pagos que se realizan a residentes en el extranjero.

> Bene­ficiario o No Bene­ficiario

> RFC

> CURP

> Nombre de razón social o denominación

> Descripción del concepto

País de residencia en el extranjero

Contribuyente sujeto a Retención

Fideicomiso No Empresarial

Expresa la información sobre los fideicomisos que no realizan actividades empresariales.

INGRESOS O SALIDAS

Descripción de los conceptos de ingresos obtenidos

Parte proporcional de los ingresos acumulables

Monto total de las entradas en el periodo

Proporción de participación del fideicomisario o fideicomitente

DEDUCCIONES O SALIDAS

Integración de las deducciones de ingresos

Parte proporcional de las deducciones autorizadas del periodo

Monto total de los egresos del periodo

> Descripción de las retenciones con relación al ­fideicomiso

> Monto de las retenciones con relación al ­fideicomiso

Dividendos

Expresa el total de ganancias y utilidades generadas por rendimientos gracias a inversiones en instrumentos de inversión, las cuales pueden ser distribuidas por sociedades nacionales o extranjeras.
 

> Clave tipo dividendo

> Tipo de sociedad distribuido por dividendos

SOCIEDAD NACIONAL

> Importe dividendo o utilidad en territorio nacional

Monto del ISR acreditable nacional

Monto del dividendo acumulable nacional (Opcional)

SOCIEDAD EXTRANJERA.

> Importe dividendo o utilidad en territorio extranjero

> Retención en el Extranjero sobre dividendos del extranjero

> Monto del dividendo acumulable extranjero (Opcional)}

> Proporción de remante (Opcional)

Intereses

Expresa los intereses obtenidos por rendimiento en inversiones.

> Interés Nominal

> Monto de los intereses reales

> Pérdida por los intereses obtenidos

Arrendamiento en Fideicomisos

Expresa el arrendamiento de bienes de un periodo o ejercicio determinado.

> Pago Efectuado por el Fiduciario al Arrendador

> Importe de los Rendimientos de Fidecomisos

> Importe de las Deducciones

> Monto Total Retenido del Arrendamiento (Opcional)

> Monto del Resultado Fiscal Distribuido por Fibras (Opcional)

> Monto de Otros Conceptos Distribuidos (Opcional)

> Descripción del Monto de Otros conceptos distribuidos (Opcional)

Intereses Hipotecarios

Expresa la información sobre intereses reales deducibles por crédito hipotecario.

> Crédito de institución Financiera: ¿Lo otorgo una Institución Financiera?

> Saldo insoluto

> Monto Total de intereses nominales devengado (Opcional)

> Proporción Deducible del Crédito aplicable sobre intereses reales y devengados (Opcional)

> Monto Total de Intereses Reales Pagados Deducibles (Opcional)

> Monto Total de intereses nominales devengados y pagados (Opcional)

> Número de contrato del crédito hipotecario (opcional)

Premios

Expresa los premios obtenidos en un periodo o ejercicio.

> Entidad federativa

> Monto total de pago

> Monto total de pago exento

> Monto total de pago gravado

Sector Financiero

Las entidades integrantes del sistema financiero que actúen en su carácter de fiduciarias deben incorporar este complemento.

> Identi­ficador o Número del Fideicomiso

> Nombre del Fideicomiso

> Descripción del Fideicomiso

Operaciones Con Derivados

Expresa información de las operaciones financieras derivadas de capital.

Monto de la ganancia acumulable

Monto de la pérdida deducible

Enajenación de Acciones

Expresa la enajenación de acciones u operaciones de valores.

> Ganancia

> Pérdida

> Contrato de intermediación

Cabe destacar que además de lo mencionado anteriormente será necesario utilizar el complemento de “Pago a Extranjeros” cuando sea necesario, por ejemplo; si se pagan dividendos a un extranjero deberá incorporar ambos complementos; el de “Dividendos” y el de “Pago a Extranjeros”

Por otro lado existen operaciones que no incluyen complemento ya que su naturaleza no lo requiere, únicamente son para detallar pagos o retenciones efectuados o recibidos por el contribuyente:

§  Servicios Profesionales

§  Arrendamiento de Inmuebles

§  Comisionistas

§  Regalías

§  Etc.

EJEMPLO DE FACTURA CON COMPLEMENTO:

Para este ejemplo recordaremos las retenciones sujetas de ISR e IVA necesarias para la elaboración del CFDI de retenciones e información de pagos, así como su fundamento legal.

RETENCIONES

HONORARIOS

LISR

Artículo 106

10% S/ INGRESOS OBTENIDOS

 

RIVA

Artículo 3 Fracción I

2/3 DEL IMPUESTO

ARRENDAMIENTO

LISR

Artículo 116 párrafo V

10% S/ INGRESOS OBTENIDOS

 

RIVA

Artículo  3 Fracción I

2/3 DEL IMPUESTO

INTERESES

LISR

Artículo  135

TASA DE RETENCIÓN ANUAL ESTABLECIDA EN LA LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN ARTICULO 21 (1.04%)

 

20% S/ LOS INTERESES NOMINALES

INTERESES PAGADOS POR SOCIEDADES QUE NO INTEGREN EN EL SISTEMA FINANCIERO

LIVA

Artículo 15 Fracción X

NO SE PAGARÁ IMPUESTO

 

ARRENDAMIENTO EN FIDEICOMISO

LISR

Artículo 117  Párrafo 3

10% S/ LOS RENDIMIENTOS DE CADA CUATRIMESTRE

 

PREMIOS

LISR

Artículo 138

1% SOBRE BOLETO O PREMIO GANADO, SIN DEDUCCIÓN ALGUNA.

 

LIVA

Artículo 9 Fracción V

NO SE PAGARA IMPUESTO

OPERACIONES CON DERIVADOS

LISR

Artículo 146

25% SOBRE EL INTERÉS O LA GANANCIA ACUMULABLE

Articulo 20 Liarse determinará la ganancia acumulable o la pérdida deducible

LIVA

Artículo 15 Fracción XI

NO SE PAGARÁ IMPUESTO

INTERESES HIPOTECARIOS

LISR

Artículo 151 Fracción IV

SERÁN DEDUCIBLES HASTA EL MONTO QUE EXCEDA DE 750 MIL UDIS

 

IVA

Artículo 15 Fracción XI

NO SE PAGARÁ IMPUESTO

PLANES DE RETIRO

LISR

Artículo 142 Fracción XVIII.

SE CONSIDERARÁ INGRESO PF SI SE RETIRA EL IMPORTE DE LA CUENTA PLANES DE RETIRO ANTES DE CUMPLIR LOS 65 AÑOS TRANSCURRIDOS DESDE LA FECHA DE CONTRATACIÓN

 

Artículo 151 Fracción V

SE CONSIDERARÁ DEDUCCIÓN PERSONAL PF A LAS APORTACIONES QUE SE HAGAN A LA CUENTA DE PLANES DE RETIRO

 

Artículo 93 Fracción XXI.

NO SE PAGARÁ IMPUESTO SOBRE LA RENTA POR LA OBTENCIÓN DE INGRESOS SIEMPRE QUE SE RETIRE CUMPLIDOS LOS 65 AÑOS TRANSCURRIDOS DESPUES DE LA CONTRATACIÓN DEL PLAN DE RETIRO

 

Artículo 145 Párrafo 3. 

SE TENDRÁ QUE RETENER EL 20% SOBRE EL MONTO, SIN DEDUCCIÓN ALGUNA, SIEMPRE Y CUANDO EL AHORRO SE DISPONGA ANTES DEL RETIRO

 

RMF

RMF 2.7.5.4.

OBLIGACIÓN DE EMISIÓN DE CFDI DE RETENCIÓN E INFORMACIÓN DE PAGOS CON COMPLEMENTO "PLANES DE RETIRO"

 

RMF 3.17.8

OBLIGACIÓN DE PROPORCIONA INFORMACIÓN Y CONSTANCIAS DE PLANES PERSONALES DE RETIRO

 

LIVA

Artículo 15 Fracción II.

NO SE PAGARÁ IMPUESTO

 

DIVIDENDO

LISR

Artículo 140 Párrafo II

10% SOBRE UTILIDADES DISTRIBUIDAS O DIVIDENDOS

 

LIVA

Artículo 9 Fracción VII

NO SE PAGARÁ IMPUESTO

OBSERVESE EL ARTÍCULO 30 DEL RLIVA

PAGO A EXTRANJEROS

LISR

Artículo 110 Fracción VII

OBLIGACIÓN DE EXPEDIR COMPROBANTES FISCALES DE PAGOS A EXTRANJEROS

 

Artículo 154

SALARIOS

 

I.EXENTOS LOS PRIMEROS $125,900.00 OBTENIDOS EN EL AÑO DE CALENDARIO QUE SE TRATE

II. 15% POR INGRESOS DE $125,900.00 HASTA $1,000,000.00

III. 30% POR INGRESOS DE $1, 000,000.00 EN ADELANTE.

Artículo 155

JUBILACIONES, PENSIONES, HABERES DE RETIRO, ETC

 

I.EXENTOS LOS PRIMEROS $125,900.00 OBTENIDOS EN EL AÑO DE CALENDARIO QUE SE TRATE

II. 15% POR INGRESOS DE $125,900.00 HASTA $1,000,000.00

III. 30% POR INGRESOS DE $1, 000,000.00 EN ADELANTE.

Artículo 156

HONORARIOS

 

25% SOBRE EL TOTAL DEL INGRESO OBTENIDO SIN DEDUCCIÓN ALGUNA.

Artículo 157

REMUNERACIONES DE MIEMBROS DE CONSEJO, DIRECTIVOS, VIGILANCIA, ETC

 

25% SOBRE EL TOTAL DEL INGRESO OBTENIDO SIN DEDUCCIÓN ALGUNA.

Artículo 158

ARRENDAMIENTO DE BIENES INMUEBLES Y ENAJENACIÓN DE INMUEBLES

 

25% SOBRE EL INGRESO OBTENIDO, SIN DEDUCCIÓN ALGUNA

Artículo 159

CONTRATO DE SERVICIOS TURÍSTICOS

 

25% SOBRE EL INGRESO OBTENIDO, SIN DEDUCCIÓN ALGUNA

Artículo 161

ENAJENACIÓN DE ACCIONES O TÍTULOS DE VALOR QUE REPRESENTEN LA PROPIEDAD DE BIENES

 

25% SOBRE EL INGRESO OBTENIDO, SIN DEDUCCIÓN ALGUNA

Artículo 162

OPERACIONES DE INTERCAMBIO DE DEUDA PÚBLICA POR CAPITAL

 

25% SOBRE EL INGRESO OBTENIDO, SIN DEDUCCIÓN ALGUNA

Artículo 163

OPERACIONES FINANCIERAS

 

25% SOBRE LA GANANCIA PERCIBIDA EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 20 LISR

Artículo 164

DIVIDENDOS O UTILIDADES

 

10% SOBRE DICHOS DIVIDENDOS O UTILIDADES

Artículo 166

I. INTERESES PAGADOS A PERSONAS REGISTRADAS EN EL REGISTRO DE BANCOS, ENTIDADES DE FINANCIAMIENTO, FONDOS DE PENSIONES Y JUBILACIONES Y FONDOS DE INVERSIÓN DEL EXTRANJERO

 

10% SOBRE LOS INTERESES OBTENIDOS SIN DEDUCCIÓN ALGUNA.

Artículo 166

II.INTERESES PAGADOS A RESIDENTES EN EL EXTRANJERO PROVENIENTES DE TÍTULOS DE CRÉDITO COLOCADOS ENTRE EL GRAN PÚBLICO INVERSIONISTA

 

4.9% SOBRE LOS INTERESES PAGADOS SIN DEDUCCIÓN ALGUNA.

Artículo 166

III. INTERESES PAGADOS A REASEGURADORAS

 

15% SOBRE LOS INTERESES PAGADOS SIN DEDUCCIÓN ALGUNA

Artículo 166

IV. INTERESES PAGADOS A PROVEEDORES DEL EXTRANJERO POR ENAJENACIÓN DE MAQUINARIA Y EQUIPO, QUE FORMAN PARTE DEL ACTIVO FIJO DEL ADQUIRENTE

 

21% SOBRE LOS INTERESES PAGADOS

Artículo 167

I. REGALÍAS POR USO O GOCE TEMPORAL DE CARROS DE FERROCARRILES

 

5% DEL INGRESO, SIN DEDUCCIÓN ALGUNA

Artículo 167

II. REGALÍAS POR ASISTENCIA TÉCNICA

 

25% DEL INGRESO, SIN DEDUCCIÓN ALGUNA

Artículo 168

SERVICIOS DE CONSTRUCCIÓN DE OBRA, INSTALACIÓN, OTRAS

 

25% SOBRE EL INGRESO OBTENIDO, SIN DEDUCCIÓN ALGUNA

 

Artículo 169

PREMIOS

 

1% SOBRE EL VALOR DEL PREMIO CORRESPONDIENTE A CADA BOLETO O BILLETE ENTERO, SIN DEDUCCIÓN ALGUNA. (INCLUYE RESTRICCIONES)

LIVA

Artículo 1-A Fracción III

 ESTÁN OBLIGADOS A RETENER EL IMPUESTO A EXTRANJEROS

 

Artículo V Fracción IV

REQUISITOS PARA ACREDITAR EL IVA RETENIDO

 

Artículo 9 Fracción IX

NO SE PAGARÁ EL IMPUESTO EN LA ENAJENACIÓN DE  BIENES AMPARADOS POR UN PROGRAMA AUTORIZADO EFECTUADA ENTRE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO (INCLUYE RESTRICCIONES)

 

Artículo 15 Fracción VI

NO SE PAGARÁ EL IMPUESTO POR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS  DE TRANSPORTE MARÍTIMO INTERNACIONAL DE BIENES

 

Artículo 25 Fracción IV

NO SE PAGARÁ EL IVA EN LAS IMPORTACIONES LAS DE BIENES DONADOS POR RESIDENTES EN EL EXTRANJERO A LA FEDERACIÓN, ENTIDADES FEDERATIVAS, MUNICIPIOS O A CUALQUIER OTRA PERSONA QUE MEDIANTE REGLAS DE CARÁCTER GENERAL AUTORICE LA SHCP

 

RMF

4.1.11

ACREDITAMIENTO DEL IVA NO RETENIDO

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


Con la información anterior haremos una factura con Complemento de Dividendo: una factura con Complemento de Dividendo:

1.    Llenado del CFDI de retención e información de pagos Sin Complemento.

En caso necesario, agrega a tu receptor.

2.    En caso necesario Selecciona el Complemento Deseado.

3.    Acude a la vista previa para confirmar o corregir.

4.    Emite tu CFDI de retención e información de Pagos.

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